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¿POR QUÉ LA MAYORÍA LOS CENTROS DE SALUD PROVEEN INTERPRETES? PARTE I




El gobierno de los Estados Unidos, en su compromiso de asegurar la igualdad, el respeto, la equidad y los derechos de los individuos que habitan en este país, ha creado una seria de leyes y normas en apoyo de las mayorías, minorías y de todas aquellas personas que tengan algún tipo de discapacidad para que tengan el mismo tipo de accesibilidad a recursos de la comunidad respetando sus culturas y evitando así la discriminación ya sea de raza, color, nacionalidad, edad, discapacidad o sexo.


Estas son:


1. Ley de Atención Asequible, Sección 1557 (ACA por sus siglas en inglés).

2. Ley para Personas con Discapacidades (ADA por sus siglas en inglés).

3. Título IV de la Ley de Derechos Civiles.

4. Orden ejecutiva 13166.

5. Normas nacionales para los servicios cultural y lingüísticamente apropiados (CLAS por

sus siglas en inglés) en la salud y la asistencia sanitaria.

6. Regulaciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos (45 CFR § 80.1 et

seq).)

7. Requisitos de la Asistencia administrada por Medicaid (42 CFR § 438.10)

8. Regulaciones de Medicare para el Programa Advantage de Medicare (42 CFR §

422.2264 y § 4220112

9. Oficina de directivas de salud para minorías del Departamento de Justicia de los

Estados Unidos, División de Derechos Civiles.


A continuación, vamos a hablar un poco sobre ACA y ADA


LEY DE ATENCIÓN ASEQUIBLE SECCION 1557 (ACA)

La Sección 1557 prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad en ciertos programas y actividades de atención médica.

La norma abarca lo siguiente:


  1. Todo programa o actividad de atención médica que reciba, aunque sea en parte, financiación del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS por sus siglas en inglés) (por ejemplo, hospitales que aceptan Medicare o médicos que aceptan Medicaid).

  2. Todo programa de atención médica administrado por el HHS.

  3. Los mercados de seguros médicos y los emisores que participan en esos mercados.


La Sección 1557 se basa en anteriores leyes federales de derechos civiles que prohibían la discriminación por motivos de sexo en el contexto de la atención médica. Además, la norma final exige a los programas y las actividades de atención médica implicados que brinden a las personas un trato coherente con su identidad de género.


En el caso de las personas con discapacidades, la norma final exige a las entidades implicadas que todos los programas y actividades provistos a través de tecnologías electrónicas y de la información sean accesibles; que garanticen la accesibilidad física de las instalaciones construidas recientemente o remodeladas; y que proporcionen asistencia y servicios adicionales para las personas con discapacidades.


Las entidades deben tomar medidas razonables para brindar un acceso significativo a las personas con dominio limitado del inglés que sean elegibles para recibir sus servicios o que probablemente participen en sus programas y actividades de atención médica. Además, se recomienda a las entidades implicadas que elaboren e implementen un plan de acceso lingüístico.


LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (ADA)

Los objetivos de la ADA son:


1. Proporcionar un mandato nacional claro y global que eliminara la discriminación de

personas con discapacidades.

2. Proporcionar una normativa antidiscriminatoria clara, sólida, coherente y válida.

3. Garantizar que el gobierno federal desempeñará un papel principal en el cumplimiento

de la ley a favor de las personas con discapacidades.


La ADA requiere que las personas con discapacidades obtengan una comunicación efectiva, para ello se han dispuesto las “Ayudas y Servicios Auxiliares”, esto se refiere a las formas de comunicarse con personas que tienen discapacidades para la comunicación, como personas ciegas, pérdida de visión, ciego-sordos, problemas de lenguaje, mudos, sordomudos.


Para personas con problemas de visión, estos servicios se presentan en forma de Braille, computadora que lee y verbaliza contenidos, grabación de audio. Para aquellos que tienen problemas de audición, los servicios serán provistos por una persona calificada para tomar notas, una persona calificada para utilizar interpretación de lenguaje mudo y materiales escritos. Para personas que tienen problemas del habla o lenguaje se incluye un traductor cualificado de voz a voz (una persona entrenada para reconocer el habla poco clara y repetirla con claridad) , especialmente si la persona va a hablar largo y tendido, como por ejemplo al prestar declaración ante un tribunal, o simplemente al tomarse más tiempo para comunicarse con alguien que utiliza un tablero de comunicación.


Un intérprete "calificado" es alguien capaz de interpretar con eficacia, precisión e imparcialidad, tanto de forma receptiva (es decir, entendiendo lo que dice la persona con discapacidad) como expresiva (es decir, teniendo la habilidad necesaria para transmitir la información a esa persona) utilizando el vocabulario especializado que sea necesario. Esto incluye, también interpretación en diferentes idiomas.


En nuestro próximo artículo, hablaremos sobre el Título IV de la Ley de Derechos Civiles y sobre la Orden ejecutiva 13166.


En Traducy tenemos intérpretes y traductores calificados que trabajan con claridad, imparcialidad, respeto y confidencialidad. Nuestros interpretes lo hacen significado por significado y no palabra por palabra (literal).


Llámenos al 385-977-8713 o envíenos un correo electrónico a contact@traducy.com o visite nuestro sitio web: www.traducy.com si necesita ayuda o si desea obtener su cotización o estimado completamente gratis.

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